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Enviado por infossa el 15/12/2011 10:35:59 ( 44 Lecturas)
Para IU de Ossa de Montiel, "el PP se quita diariamente su careta de centro y enseña la de la derecha pura y dura con el desprecio a los derechos de los trabajadores y trabajadoras, como son los despidos que ha comunicado a cuatro trabajadores argumentando un fin de contrato; cuando todos ellos tienen la consideración de fijos en plantilla", dice la coalición en nota de prensa. Consideran que se trata de despidos objetivos encubiertos que serán declarados improcedentes
Según IU, se trata de despidos en fraude de ley, que “habrá que comunicar a la inspección de trabajo” indican desde IU; “en todo caso se trata de despidos objetivos encubiertos, que serán declarados improcedentes, a toda vista, e incluso tendrá un mayor coste para el Ayuntamiento de Ossa”.
No obstante, desde IU indican que en realidad el despido es por falta de recursos económicos y a la deuda de la Junta de Comunidades, deuda heredada del PSOE pero con una nefasta gestión, intencionada, del PP de Cospedal.
Para IU, el Alcalde debería haber consultado a sindicatos y partidos de la oposición una decisión que no le corresponde al Alcalde; se podrían haber negociado otras salidas como reducciones de jornada o suspensiones de contrato, "pero esta es otra de las formas a las que empieza a acostumbrar el alcalde Popular de Ossa de Montiel, que no cuenta con el resto de fuerzas políticas del municipio; lo que viene a demostrar la falta de capacidad política del PP en Ossa de Montiel con su alcalde al frente, José Tello, y su falta de transparencia y ética política, por todo esto no queda sino pedirle la dimisión al Alcalde Popular", dice IU en un comunicado.
IU de Ossa de Montiel entiende la gravedad de la situación económica por la que atraviesa el municipio, pero lo que no entienden son las propuestas del PP, cuando hace unos meses pretendía subvencionar los matrimonios, nacimientos; declarar exenciones en el pago de impuestos como el de construcción o devoluciones del IBI; o no quiso apoyar mociones de IU dirigidas a eliminar indemnizaciones a concejales.
IU de Ossa de Montiel denuncia además que, a fecha de hoy, "el Alcalde se mueve más por intereses personales que por los intereses de los vecinos de Ossa". "A IU nos gustaría que justificase los más de 6.000 euros que han cobrado en concepto de desplazamientos, cuando lo cierto es que no se está apoyando al municipio y tenemos una tasa del 30% de desempleo, cuando aún no sabemos cúal va a ser el futuro del parque natural de las Lagunas de Ruidera que es el motor del desarrollo local". Global Castilla-La Mancha en Google+
Enviado por infossa el 1/12/2011 11:10:24 ( 82 Lecturas)
Detenidos dos hombres como presuntos autores de distintos robos en viviendas en Ossa de Montiel (Albacete)
Los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado han detenido a dos hombres como presuntos autores de distintos robos cometidos en el interior de varias viviendas del municipio de Ossa de Montiel (Albacete).
Uno de los detenidos, J.M.A., fue capturado como presunto autor del robo en el interior de tres viviendas de este municipio, según ha informado este lunes la Subdelegación del Gobierno de Albacete1 en nota de prensa.
Asimismo, el otro detenido, que atiende a las iniciales M.O.R., también está acusado de haber sustraído objetos del interior de uno de los domicilios de Ossa de Montiel.
Enviado por infossa el 22/11/2011 19:49:41 ( 103 Lecturas)
Datos de las elecciones Escrutado 100.00 % Mesas 4 Censo 2.138 Censo Escrutado 2.138 Votos contabilizados 1.736 81.20 % Abstenciones 402 18.80 % Votos en blanco 30 1.75 % Votos nulos 24 1.38 % Resultados por partidos Partido Votos PSOE 776 45.32 % PP 644 37.61 % IUCLM-LV 206 12.03 % UPyD 38 2.21 % PUM+J 4 0.23 % PCPE 4 0.23 % PACMA 3 0.17 % EQUO 3 0.17 % Eb 3 0.17 % CYD 1 0.05 %
Enviado por infossa el 18/11/2011 21:10:51 ( 50 Lecturas)
Las Lagunas de Ruidera, entre Albacete y Ciudad Real, ofrecen un variado repertorio de paisajes, ricos en biodiversidad y llenos de historia
18.11.11 - 01:13 - PEPA GARCÍA FOTOS: GUILLERMO CARRIÓN pegarcia@laverdad.es | ALBACETE/CIUDAD REAL.
Donde nace el río Guadiana y entre las provincias de Albacete y Ciudad Real se encuentra uno de los parajes más singulares de La Mancha húmeda. Un espacio rico en biodiversidad y en historia que ofrece al visitante la oportunidad de disfrutar de los contrastes naturales en un mismo territorio. Un parque natural que también es Zona de Especial Protección para Aves (ZEPA) y Reserva de la Biosfera, donde se concentran varios ecosistemas. Ahora, en pleno otoño, es especialmente recomendable visitar este territorio: la variada vegetación, tanto palustre, como de sotos y bosques de galería, de bosque mediterráneo y de estepas y llanuras cerealistas convierten este parque natural en un caleidoscopio natural con todos los colores presentes, donde los ocres de los árboles de hoja caduca tiñen todavía los bosques de galería, que contrastan con los verdes oscuros de encinas y sabinas albares. Además, las aguas de las quince lagunas, de exóticos tonos azulados y verdosos, que conforman este particular parque natural se convierten en el escenario idóneo para que las aves acuáticas, como las ánades reales, hagan el cortejo nupcial y escojan pareja para perpetuar la especie durante estos meses otoñales, al tiempo que atrae a estas latitudes más meridionales a otras aves, como el cormorán grande, que buscan pasar un invierno más suave. Otra de las razones para aprovechar estas fechas para visitar las atractivas formaciones geológicas que han dado origen a este espacio es la menor presión humana que soporta estos meses, ya que cuando comienza el buen tiempo, las lagunas se convierten en espacios ideales para bañarse y practicar deportes náuticos y se ponen a reventar de autobuses. La carretera que comunica los municipios de Ossa de Montiel y Ruidera pegada a las lagunas introduce al visitante en el cogollo de este espacio húmedo y sorprendente, repleto de pequeñas cascadas y de vida animal y vegetal. Sus barreras tobáceas -unas pequeñas presas naturales que forma la precipitación del carbonato cálcico sobre las especies vegetales- han construido un sistema natural de represas que hacen que el agua descienda desde las lagunas altas hasta el embalse de Peñarroya decantándose lentamente, una vez que rebosan. La últimas sequías pusieron en riesgo este espacio hoy totalmente recuperado, aunque necesitado de un impulso en su gestión que garantice su conservación en las mejores condiciones. Pasear por estos espacios es disfrutar de las dehesas cargadas de encinas que pateó el ingenioso hidalgo en sus aventuras y desventuras. Por estas ricas tierras, por las que campean el búho real y el chico, el águila azor-perdicera, la culebrera o el azor; por las que caza el gato montés y el zorro, entre cuya vegetación se ocultan el erizo y la musaraña, es fácil imaginar los romances y leyendas medievales que hacen referencia a castillos como el de Rochafrida, entre cuyos gruesos e impenetrables muros lloraba la ausencia de su amado Montesinos la doncella Rosaflorida. Un castillo construido con metales y piedras preciosas (según el romancero) sobre un promontorio rocoso en mitad de un terreno cenagoso e inexpugnable para los ejércitos enemigos. Por esta zona, por la que discurre el río Alarconcillo hasta desembocar en la laguna de San Pedro, merece la pena dar un detenido paseo. Una ruta marcada le lleva hasta la fuente Fontefrida (se conoce un romance popular del siglo XV dedicado a este manantial) y atraviesa el río Alarconcillo por un pequeño puente que introduce al paseante en un bosque mediterráneo cerrado. El paisaje cambia radicalmente, de una llanura cerealista con el castillo de Rochafrida sobre la gran roca, a un bosque cerrado y plagado de encinas y quejigos. El camino pedregoso rodea el promontorio en el que este castillo poligonal se levantó, para llevarle al punto por el que se accede a la fortaleza. Suba y admire las dimensiones de sus muros y, sobre todo, disfrute de las vistas panorámicas que le regala esta construcción defensiva datada a principios del siglo XII. Cuando descienda, lo hará por el lado contrario al que llegó y, tras el bosque pedregoso plagado de musgo, pasará a un campo húmedo de chopos y álamos. El itinerario le lleva por la margen izquierda del río Alarconcillo hasta un puente por el que el camino comienza el regreso al punto de partida. Durante el itinerario, pasará junto al Molino de El Tobar por un camino medieval (quizá heredado de los romanos) en el que, en tramos, se puede percibir su desgastado empedrado. Uno de los cuatro que hacían la molienda para Ossa de Montiel y que utilizaba la fuerza del agua del río Alarconcillo, mediante una acequia, para mover sus muelas; hoy en estado de ruina e identificado con el episodio que Don Quijote y Sancho viven en una venta. Deje volar la imaginación y disfrute de todas las joyas de este arco iris otoñal de leyenda.

Variado paisaje que se aprecia desde lo alto del promontorio en el que está ubicado el castillo de Rochafrida, al que hace mención Cervantes en 'Don Quijote de la Mancha'. | G. Carrión
Enviado por infossa el 16/11/2011 0:53:30 ( 71 Lecturas)
IU de Ossa de Montiel logra eliminar el pago a concejales por asistir a los plenos
El grupo municipal de Izquierda Unida en Ossa de Montiel planteó una moción para eliminar las indemnizaciones por asistencia a plenos y órganos colegiados en el Ayuntamiento de la localidad durante el pleno ordinario del pasado 27 de octubre, que fue aprobada por mayoría con el apoyo de los ediles del PSOE y la oposición frontal del PP. «Consideramos que es un gran logro. Tras haber presentado esta propuesta en todos los plenos realizados desde junio, se ha conseguido el consenso necesario para llevarla a buen puerto. En la situación actual no podemos mantenernos indiferentes a la precaria situación económica de nuestros vecinos y solidarizarnos», sostiene el portavoz municipal de IU, Miguel Ángel Palacios. La medida supone un ahorro de unos 8.000 euros anuales al eliminar la partida presupuestaria de indemnización a los concejales. Para Izquierda Unida es prioritario que el dinero de las arcas municipales se destine de forma directa a los oseños, prioritariamente, en promoción del empleo y ayudas sociales. «Consideramos que en un ayuntamiento pequeño como el nuestro se trata de una indemnización simbólica que en esta situación de crisis económica es insostenible e inmoral». Por otra parte, desde IU se ha denunciado «el abuso que está realizando el alcalde José Tello de los pagos por kilometraje a los concejales del Partido Popular y de los gastos en comidas y aperitivos. Consideramos que es un despilfarro que en solo cinco meses el Ayuntamiento de Ossa de Montiel ha abonado 4.500 euros al alcalde José Tello y a la teniente alcalde Teresa Sánchez, cuando se cuenta con un vehículo municipal que la anterior Corporación utilizaba para sus desplazamientos, y casi 1.000 euros en comidas y aperitivos durante los meses de verano.
Enviado por infossa el 9/11/2011 10:50:37 ( 78 Lecturas)
las Lagunas La propuesta de inclusión del humedal en el listado del Convenio de Ramsar habla de más 6.600 hectáreas cuando el área original delimitada en el año 1979 tiene menos de 3.700
El Parque Natural tiene una presencia humana permanente. R.M.E.F. Ha sido como el milagro de los panes y los peces, pero en versión ambiental. De repente, el Parque Natural de las Lagunas de Ruidera ha incrementado su superficie en más de un 50%, pasando de 3.700 hectáreas a 6.600. El área original del Parque se delimitó en virtud del Real Decreto 2160/79. En 1984, hubo una primera ampliación, para incorporar el refugio de fauna de Hazadillas y Era Vieja. En total, y hasta hace pocos días, la superficie era de 3.772 hectáreas. Pero esto fue hasta hace pocos días. Porque una más que reciente resolución del Ministerio de Medio Ambiente, Medio Rural y Marino (MARM) por la que se propone la inclusión de las Lagunas en el listado del Convenio de Ramsar afirma que el perímetro total de las Lagunas de Ruidera tiene 6.639 hectáreas, esto es, que el área que ocupan ha crecido, de un solo golpe, casi 3.000 hectáreas. El dato ha cogido por sorpresa a varios de los actores relacionados con el parque, su gestión y sus usos, desde el Ayuntamiento de Ossa de Montiel hasta los regantes, pasando por las organizaciones ecologistas, quienes lo han acogido con una mezcla de estupor y extrema prudencia.
(Más información en la edición impresa)
Enviado por infossa el 21/10/2011 20:50:08 ( 102 Lecturas)
Resolución de 21/09/2011, de los Servicios Periféricos de Agricultura de Albacete, sobre la evaluación de impacto ambiental del proyecto: Desvío-levantamiento línea aérea de media tensión construcción variante Ossa de Montiel ctra. N-430 (Exp. PRO-AB-11-0262), situado en el término municipal de Ossa de Montiel (Albacete), cuyo promotor es la mercantil Ute Ossa de Montiel (CHM, S.A. - Padelsa Infraestructuras). [2011/13692]
a Ley 4/2007, de 8 de marzo, de Evaluación Ambiental en Castilla La Mancha, dispone, en su artículo 5.2, que "los proyectos, públicos o privados, consistentes en la realización de las obras, construcciones, instalaciones o cualquiera otra actividad comprendida en el Anexo II, sólo deberán someterse a Evaluación del Impacto Ambiental, previamente a su autorización por el órgano sustantivo que corresponda, en la forma prevista en esta ley cuando así lo decida el órgano ambiental en cada caso. La decisión, que debe ser motivada y pública, se ajustará a los criterios establecidos en el Anexo III".
1.- Definición y ubicación del proyecto según la solicitud
El proyecto consiste en levantar dos líneas eléctricas aéreas de 20 kV en simple circuito y desviar otra debido a la construcción de la variante de la carretera N-430 de Badajoz a Valencia por Almansa, entra sus puntos kilométricos 427 y 431 a su paso por la localidad de Ossa de Montiel. El proyecto está promovido por la Sociedad U.T.E. Ossa de Montiel.
Las líneas afectadas son propiedad de Iberdrola Distribución Eléctrica S.A.U, que recibirá la cesión de las instalaciones una vez estén finalizadas.
En total son tres los tramos de las líneas existentes afectados por el proyecto. Las acciones a realizar en cada uno de ellos serían:
Tramo I
Esta afección se encuentra en el término municipal de Ossa de Montiel en el PK 0+400 de la variante de la carretera N-430, en la parcela 145 del polígono 32 del término municipal de Ossa de Montiel, en el Paraje "Ortigosa". En esta afección el conductor de la línea a instalar será de 100-ALI/17-STIA en simple circuito con una longitud de 236 m y se instalarán tres apoyos nuevos del tipo 14 C-2000, 18 C-3000 y 16 C-3000 en lugar de dos apoyos existentes n°2916 y n°2915 del tipo PL.
El apoyo principio de línea se ubicará en las coordenadas UTM ETRS-89 (519.793, 4.314.079). Ángulo 1 (519.912, 4.314.079). El final de la línea aérea será el apoyo con coordenadas UTM (520.016, 4.314.023).
Esta afección se realiza ya que el apoyo existente n° 2915 del tipo PL se queda dentro de la plataforma de la carretera no cumpliendo con límite de edificación establecida a una distancia de 25 metros en carreteras de la Red Básica medida horizontalmente desde la arista exterior de la calzada.
Tramo II
Esta afección se encuentra en el término municipal de Ossa de Montiel en el PK 0+285 del Ramal de Conexión entre la variante a construir y la carretera N-430, en las parcelas 147, 159 y 160 del polígono 32 del término municipal de Ossa de Montiel, en los Parajes "Camino El Tomelloso" y "Ortigosa". En esta afección el conductor de la línea a instalar será de 100-ALI/17-STIA en simple circuito con una longitud de 114 m y se instalarán dos apoyos nuevos del tipo 14 C-2000 en lugar del apoyo existente n° 2910 del tipo PL.
El apoyo principio de línea se ubicará en las coordenadas UTM ETRS-89 (520.532, 4.313.894). El final de la línea aérea será el apoyo con coordenadas UTM (520.643, 4.313.866).
Esta afección se realiza ya que el apoyo existente n° 2910 del tipo PL se queda dentro del límite de edificación establecido a una distancia de 25 metros en carreteras de la Red Básica medida horizontalmente desde la arista exterior de la calzada.
Tramo III
Esta afección se encuentra en el término municipal de Ossa de Montiel en el PK 4+655 de la variante de la carretera N-430, en la parcela 233 del polígono 23 del término municipal de Ossa de Montiel, en el Paraje "La Carolina". En esta afección el conductor de la línea a instalar será de 100-ALI/17-STIA en simple circuito con una longitud de 109 m y se instalarán dos apoyos nuevos del tipo 20 C-3000 y 18 C-3000 en lugar de un apoyo existente n° 10812 del tipo 12 P-400.
El apoyo principio de línea se ubicará en las coordenadas UTM ETRS-89 (524.009, 4.314.453). El final de la línea aérea será el apoyo con coordenadas UTM (524.066, 4.314.360).
Esta afección se realiza ya que el galibo vertical con respecto a la carretera es inferior a 7 metros. Es por ello que se ha tenido que levantar dicha línea aérea.
El plazo de ejecución desde su aprobación será de 30 días laborables a partir de la obtención de todas las autorizaciones y permisos necesarios.
Los tramos de línea aérea proyectados transcurren junto a caminos y junto a la nueva circunvalación de la carretera, por lo que entendemos que no será necesario realizar accesos nuevos. En caso de ser necesario acceder a algún apoyo, el acceso, se hará bajo hilos, utilizando la traza de la línea, con el fin de minimizar el impacto en el terreno.
Las crucetas a utilizar serán metálicas, según las normas Nl 52.30.22, 52.31 .02 y 52.31.03. Su diseño responde a las nuevas exigencias de distancias entre conductores y accesorios en tensión a apoyos y elementos metálicos, tendentes a la protección de la avifauna.
No se prevé la contaminación de las aguas dada la naturaleza de las obras de instalación de la línea y de su entorno.
En cuanto a los residuos producidos, éstos serán fundamentalmente metales y plásticos asimilables a urbanos y que serán gestionados por Gestor de Residuos Autorizado. Se llevará a cabo la gestión de los residuos peligrosos (aceites de maquinaria, carburantes,..) y envases según la normativa vigente, también a través de un Gestor de Residuos Peligrosos Autorizado. Los residuos asimilables a urbanos según la Ley 10/98 serán transportados a vertederos autorizados.
2.- Tramitación y consultas.
Con fecha de 29 de junio de 2011 se recibe en esta Delegación la solicitud de inicio de procedimiento de evaluación ambiental, del proyecto denominado "Desvío-levantamiento línea aérea de media tensión construcción variante Ossa de Montiel ctra. N-430".
El proyecto está asociado a la ejecución de la variante de Ossa de Montiel, proyecto afectado por la Resolución de 24 de septiembre de 2009, de la Secretaría de Estado de Cambio Climático, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Nueva carretera de acceso desde la carretera N-430 de Ossa de Montiel a las Lagunas de Ruidera". Dicha resolución no hace mención a la línea eléctrica del proyecto objeto de evaluación, razón esta por la que se inicia este procedimiento, al estar la actuación propuesta tipificada, dentro de la Ley 4/2007, en la categoría de proyectos del Anexo II. Grupo 4. Industria energética, apartado h) Líneas eléctricas aéreas (no incluidas en el Anexo I) de longitud superior a 3 kilómetros y de cualquier longitud cuando se desarrollen en áreas protegidas ambientalmente.
Sobre la base de la documentación aportada, y conforme al contenido del artículo 5 de la Ley 4/2007, con fecha de 3 de agosto de 2011 se inició el trámite de consultas previas a las administraciones, organismos e instituciones implicadas, con el objeto de que informaran sobre aquellos aspectos en el ámbito de sus competencias. Estos organismos e instituciones consultadas han sido los siguientes: Ayuntamiento de Ossa de Montiel; Servicio de Áreas Protegidas y Biodiversidad de la Secretaria Provincial de Agricultura de Albacete; Servicio de Política Forestal de la Secretaria Provincial de Agricultura de Albacete; Servicio de Ejecución y Disciplina Urbanística de la Secretaria Provincial de Fomento de Albacete; Servicio de Carreteras de la Secretaria Provincial de Fomento de Albacete; Servicio de Patrimonio Cultural de la Secretaria Provincial de Educación, Cultura y Deportes de Albacete; Ecologistas en Acción; Sociedad Albacetense de Ornitología (SAO); Demarcación Provincial de Carreteras del Estado de Albacete.
A continuación se exponen algunos de los aspectos más significativos de los recogidos en los diferentes informes recibidos de los siguientes organismos:
El Servicio de Áreas Protegidas y Biodiversidad de Albacete informa que el proyecto se localiza en zonas de dispersión de águila imperial ibérica y de águila perdicera, ambas especies catalogadas como En Peligro de Extinción según el Catálogo Regional de Especies Amenazadas de Castilla - La Mancha. En su informe se clasifica la afección como compatible siempre que se implemente medidas preventivas que minimicen el riesgo de muerte de las especies de avifauna presentes en la zona por electrocución o colisión con las líneas a instalar. En este sentido recogen las medidas preventivas a aplicar así como medidas compensatorias. Así mismo señalan un periodo en el que no se podrán realizar trabajos que puedan causar molestias a la avifauna.
Desde el Servicio de Medio Natural de los Servicios Periféricos de la Consejería de Agricultura en Albacete se señala que no existe afección a bienes del dominio público pecuario ni forestal, señalándose una serie de precauciones a tener en cuenta para prevenir la ocurrencia de incendios forestales.
Desde la Dirección General de Carreteras del Ministerio de Fomento se señala que las modificaciones a realizar se hacen en base al proyecto de construcción redactado por ese Organismo.
Desde el Servicio de Patrimonio se señala que respecto al proyecto consultado consta Resolución favorable de la Dirección General de Cultura, de fecha 9 de agosto de 2011, relativa al expediente de cultura 11.1139-R.
El Servicio de Ejecución y Disciplina Urbanística señala en su informe que el uso será compatible con la clasificación del terreno, siempre y cuando el trazado discurra por Suelo Rústico de Reserva, según la redacción del POM de Ossa de Montiel.
3.- Medidas complementarias y compensatorias
El promotor habrá de adoptar las medidas que se indican a continuación, además de los condicionantes ambientales incluidos en el Proyecto que no se opongan a lo establecido en la presente Resolución de No sometimiento.
3.1.- Protección del sistema hidrológico e hidrogeológico
No se realizarán vertidos de materiales de obra, residuos sólidos urbanos, residuos no inertizados o de dudosa caracterización o cualquier otro elemento que por erosión, escorrentía o lixiviación puedan afectar a aguas superficiales y/o aguas subterráneas.
Durante la fase de construcción, los cambios de aceites y grasas de la maquinaria y equipos utilizados se efectuarán en centros autorizados, de modo que se prevengan las pérdidas y se eviten vertidos incontrolados.
Los estériles procedentes de la construcción deberán llevarse a un vertedero controlado, evitando en cualquier caso la creación de escombreras en las zonas circundantes y próximas a vaguadas.
3.2.- Gestión de residuos
Todos los residuos generados durante la fase de construcción, bien sean residuos peligrosos o no, e independientemente del origen de los mismos, estarán sujetas a lo dispuesto en la Ley 10/1998, de 21 de abril de Residuos, así como el Real Decreto 833/1988 de 20 de julio, por el que se aprueba el reglamento de la Ley 20/1986 Básica de Residuos Tóxicos y Peligrosos, y el Real Decreto 952/1997, de 20 de junio, que lo modifica.
Los residuos de construcción deberán gestionarse de forma adecuada, cumpliendo con los objetivos del Plan de Gestión de Residuos de Construcción y Demolición de Castilla-La Mancha (Decreto 189/05, de 13Dic-2005). El promotor deberá estar inscrito en el Registro de Pequeños Productores de Residuos Peligrosos.
3.3.- Recursos naturales del área
El área objeto de la actuación proyectada, no se encuentra en Espacio Natural Protegido, Zona Periférica de Protección asociado a los anteriores, ni en áreas donde exista un Plan de Ordenación de Recursos Naturales aprobado. Tampoco se encuentra en Zona Sensible, ni afecta a hábitats o elementos geomorfológicos de protección especial en los términos del artículo 94 de la Ley 9/1999, de 26 de mayo, de Conservación de la Naturaleza.
Sin embargo, en la zona de actuación se encuentra incluida en la zona de dispersión definida por el Plan de Recuperación del Águila Imperial (Aquila adalberti), aprobado por Decreto 275/2003, de 9 de septiembre. Asimismo, la línea se encuentra dentro del área propuesta como zona de dispersión en el Plan de Recuperación del Águila azor perdicera (Hieraaetus fasciatus), actualmente en fase de borrador.
A priori no cabe esperar afecciones a vegetación natural, si bien se recuerda que en caso de ser necesario el descuaje de matorral o arbolado, o apertura de caminos de acceso sobre terrenos ocupados por vegetación natural, se recuerda la necesidad de autorización por aplicación del artículo 49 de la 3/2008 de Montes y Gestión Forestal Sostenible de Castilla - La Mancha.
La nueva línea cumplirá estrictamente la legislación vigente en materia de protección de la avifauna (Decreto 5/1999, y Real Decreto 1432/2008).
Adicionalmente, debido a la importante presencia de avifauna amenazada en la zona, y con el fin de minimizar los riesgos de electrocución y colisión que implican este tipo de instalaciones se dotará la línea de las medidas de protección adicionales señaladas en el Artículo 5 del Decreto 5/1999, que en cualquier caso incluirán:
En apoyos de alineación se deberán aislar los hilos conductores en un tramo de 1,00 m. a ambos lados de la cruceta o establecer una distancia mínima de un 1,00 m entre zona de posada de la cruceta y el conductor activo.
En apoyos de amarre, anclaje y ángulo se procederá al aislamiento de los puentes flojos y demás elementos en tensión.
Las alargaderas en las cadenas de amarre se diseñarán con sistemas antiposada.
Instalación de dispositivos salvapájaros cada 10 metros de línea. Se emplearán el modelo en forma de aspa y con placas de material reflectante, que según las pruebas realizadas presentan una mayor eficacia que los modelos tradicionales.
Se deberá elaborar un calendario de ejecución de la obra que tenga en cuenta el periodo reproductivo de la avifauna amenazada presente en la zona, comprendido en términos generales, entre los meses de febrero a junio ambos inclusive, evitando la ejecución de tareas que pudieran causar molestias a las parejas reproductoras. En cualquier caso y dado que el periodo reproductivo se puede ver modificado por diversas circunstancias, con objeto de garantizar que no se produzcan molestias, se deberá comunicar el inicio de las obras a los agentes medioambientales de la zona con una antelación mínima de 15 días.
Se deberá preparar un Plan de Restauración que contemple las superficies afectadas por la instalación de los nuevos tramos, así como por el desmantelamiento de los antiguos. Se caracterizarán las distintas superficies de restauración, detallando los trabajos necesarios para el retorno de las mismas a su estado original. El plan incluirá presupuesto y planos a escala suficiente para su correcta interpretación.
3.4.- Protección de la calidad del aire y prevención del ruido
A fin de cumplir con la normativa vigente respecto a los niveles de emisión de partículas a la atmósfera y con el fin de minimizar la producción y dispersión del polvo generado durante las obras, no se superarán los niveles de emisión a la atmósfera que establece la legislación vigente, para ello se tomarán las siguientes medidas:
a) Se preverá la realización de riegos periódicos en la zona de obra y pistas así como del material apilado, se realizarán en el momento en que la emisión de las partículas se haga perceptible.
b) Los camiones encargados del transporte de áridos y material de obra deberán ir debidamente cubiertos con lonas que minimicen la emisión de polvo y materiales en suspensión a la atmósfera, incluso los días sin viento.
Con respecto a las medidas de protección por ruidos se cumplirá lo establecido en la Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del Ruido y en el R.D. 1367/2007, de 19 de octubre, que la desarrolla
3.5.- Protección del patrimonio
Se deberán cumplir los términos establecidos en la Resolución de la Dirección General de Cultura, de fecha 9 de agosto de 2011, relativa al expediente de cultura 11.1136.
3.6.- Protección de infraestructuras
En cuanto afección a carreteras, las actuaciones proyectadas se hacen con objeto de cumplir la normativa de distancias de protección a carreteras para líneas eléctricas, en base al proyecto redactado por la Dirección General de Carreteras del Ministerio de Fomento, con lo que no cabe esperar que éstas infraestructuras se vean afectadas negativamente por el proyecto.
En lo referente a los caminos de acceso para la ejecución de las obras, se deberá incluir un apartado en el Plan de Restauración referido en el apartado 3.3, en el que se contemple la reparación de cualquier desperfecto que hubiese podido producir durante las obras.
3.7.- Criterios de racionalidad en el uso de los recursos naturales y de modificación del proyecto
El artículo 45 de la Constitución consagra el derecho a disfrutar de un medio ambiente adecuado, así como el deber de conservarlo, a la vez que impone a los poderes públicos el deber de velar por una utilización racional de los recursos naturales compatible con el medio ambiente. Por consiguiente, con el fin de evitar alteraciones medioambientales innecesarias por duplicación, o acumulación de nuevos elementos o infraestructuras y, por otra parte, para evitar situaciones de monopolio o exclusividad, derivadas del mero hecho de contar con una Declaración de Impacto Ambiental, Resolución de no sometimiento o Informe Ambiental, que pueda impedir el desarrollo de nuevas actividades, el Órgano Sustantivo procederá a la autorización correspondiente con las debidas condiciones y las reservas necesarias para evitar tales situaciones. Con la misma finalidad, los promotores alcanzarán los acuerdos oportunos actuando bajo los principios de transparencia y colaboración mutua, y en especial, cuando se trate de compartir infraestructuras o evitar duplicidades. En el supuesto de no lograr acuerdo entre promotores, el Órgano Sustantivo actuará resolviendo las discrepancias existentes, pudiendo el Órgano ambiental participar en la imposición de las servidumbres o cesiones de derechos necesarios.
4.- Seguimiento y vigilancia
De las inspecciones llevadas a cabo por el Órgano Sustantivo y por el Órgano Ambiental, podrían derivarse modificaciones de las actuaciones previstas, en función de una mejor consecución de los objetivos de la presente Resolución. Estas modificaciones tendrían que ser autorizadas conjuntamente por ambos órganos.
Todas las actuaciones y mediciones que se realicen en aplicación del Plan de Seguimiento y Vigilancia, deberán tener constancia escrita en forma de actas, lecturas, estadillos, etc., de forma que permitan comprobar su correcta ejecución y respeto de los trabajos a las condiciones establecidas y a la normativa vigente que le sea de aplicación. Esta documentación recogerá todos los datos desde el inicio de la actividad estando a disposición de los órganos de inspección y vigilancia (Órgano Ambiental y Órgano Sustantivo).
Se subraya que, de acuerdo con la Ley 4/2007, de 8 de marzo, de Evaluación de Impacto Ambiental en Castilla-La Mancha, el seguimiento y vigilancia del cumplimiento de las prescripciones contenidas en la presente Resolución corresponden al Órgano Sustantivo, sin perjuicio de la información que pueda recabar el Órgano Ambiental al respecto.
Durante la fase de replanteo de los apoyos, caminos de acceso, zanjas para el cableado e instalaciones auxiliares del proyecto se llevarán a cabo visitas semanales en las que se realizarán los siguientes controles:
- Se controlará que la localización de los elementos de la línea eléctrica, instalaciones auxiliares, zonas de acopio, etc, cumplen los requisitos indicados en las medidas preventivas.
- Comprobación en el replanteo que no se afecta a ningún elemento que no haya sido identificado en el inventario.
- Se controlará que se utilizan los caminos ya existentes, siempre en la medida de lo posible.
Durante la fase de construcción, el Plan de Seguimiento se centrará en los siguientes puntos:
- Seguimiento de las emisiones de polvo y ruido.
- Seguimiento de afecciones sobre el suelo y el sistema hidrológico.
- Seguimiento de las afecciones a la vegetación.
- Seguimiento de las afecciones a la fauna y en concreto a la avifauna.
En la fase de funcionamiento se contemplan los siguientes indicadores:
- Seguimiento de las actuaciones contempladas en el Programa de Restauración Ambiental.
- Seguimiento de las afecciones a la fauna, y en particular, a la avifauna catalogada de protección especial.
Dadas las características del emplazamiento del proyecto y de las medidas adoptadas para mitigar el impacto sobre la fauna de la zona, se proponen las siguientes actuaciones durante el período de vigencia del Plan de Vigilancia:
- Durante los dos primeros años de funcionamiento del tendido, se realizará una visita con carácter bimestral, donde se controlará la aparición de aves muertas en una banda de unos 25 m aproximadamente a ambos lados del trazado de la línea aérea, identificando la especie, fecha aproximada del accidente, causa de mortalidad, condiciones meteorologías, etc. El resto de los años, hasta el final del seguimiento, se realizará una visita anual.
- Estudio de la predación de las aves muertas en el área del proyecto por parte de las rapaces y carroñeras.
- Realización de un inventario de especies y pautas de comportamiento en el entorno de la línea eléctrica aérea.
- Durante la época de reproducción, se localizarán los nidos del entorno inmediato de la línea aérea, especies nidificantes, evolución de las poblaciones, etc.., determinando el impacto real del proyecto durante la fase de funcionamiento.
En función de los resultados obtenidos, se determinará el grado de funcionalidad de las distintas medidas de protección para la avifauna adoptadas, y en caso necesario, se propondrán aquellas que se estimen oportunas a fin de reducir el impacto.
Atendiendo al apartado 6 de la Resolución de 24 de septiembre de 2009, de la Secretaría de Estado de Cambio Climático, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Nueva carretera de acceso desde la carretera N-430 de Ossa de Montiel a las Lagunas de Ruidera", la obra de construcción de la carretera a la que se asocian las actuaciones, incorporará un programa de vigilancia ambiental. Con objeto de optimizar los procedimientos de seguimiento, los controles establecidos en la presente Resolución, podrán incluirse dentro del programa de Seguimiento y Vigilancia de la obra original, si bien los informes relativos a los mismos deberán presentarse ante éste Órgano Ambiental para su control.
5.- Documentación adicional
Documentación a presentar por el Promotor ante los Órganos Sustantivo y Ambiental.
a) Previamente al inicio de las obras:
- Designación del responsable del cumplimiento del Plan de Seguimiento y Vigilancia de la presente Resolución.
- Autorización de los Servicios Periféricos de la Consejería de Agricultura de Albacete sobre afección de vegetación natural.
- Plan de Restauración de las superficies afectadas por la nueva línea, así como, por el desmantelamiento de la antigua.
- Plan de Seguimiento y Vigilancia Ambiental, que como mínimo incluirá los controles señalados en el punto cuatro de la presente Resolución.
b) En el primer trimestre de cada año, desde el inicio de la actividad y durante los dos años siguientes:
- Informe sobre los controles y/o actuaciones en aplicación del Plan de Seguimiento y Vigilancia Ambiental.
6.- Consideración final.
Considerando los criterios contenidos en el Anexo III de la Ley 4/2007 (tamaño, acumulación con otros proyectos, utilización de recursos naturales, generación de residuos, contaminación y otros inconvenientes, riesgo de accidentes, uso existente del suelo, relativa abundancia, calidad y capacidad de carga del medio natural), se concluye que el potencial impacto será compatible con el medio.
En consecuencia, estos Servicios Periféricos de la Consejería de Agricultura en Albacete, actuando por delegación de competencias definidas en la Resolución de 21/07/2011, de la Dirección General de Calidad e Impacto Ambiental, en el ejercicio de las atribuciones conferidas en el Decreto 126/2011, de 7 de julio, por el que se establece la estructura orgánica y las competencias de la Consejería de Agricultura (Modificado por el Decreto 263/2011, de 30/08/2011) y la Ley 4/2007 de Evaluación Ambiental en Castilla-La Mancha, resuelve que no es necesario someter el proyecto "Desvío-levantamiento línea aérea de media tensión construcción variante Ossa de Montiel ctra. N-430 (Exp. PRO-AB-11-0262)" a un procedimiento reglado de Evaluación de Impacto Ambiental, siempre que se realice conforme a la solicitud presentada y a las prescripciones de esta Resolución.
7.- Otras consideraciones.
Se recuerda que esta Resolución de no sometimiento caducará, con carácter general y, como máximo, a los tres años, si no se hubiera comenzado su ejecución.
Asimismo, la no necesidad de sometimiento a Evaluación de Impacto Ambiental del proyecto, lo es sin perjuicio de las propuestas de mejoras ambientales existentes en la memoria ambiental presentada por el promotor, que deberán ser llevadas a cabo tal y como se especifica en la misma. En caso de que existiera contradicción entre lo estipulado en la memoria y la presente resolución, prevalecerá lo dispuesto en esta última.
Cualquier modificación del proyecto será objeto de una consulta sobre la necesidad o no de sometimiento al procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental, tal y como establece el artículo 5.4 de la Ley 4/2007, de 8 de marzo, de Evaluación Ambiental en Castilla-La Mancha.
Se deberá informar a todo el personal implicado en la instalación, del contenido de la presente resolución, con objeto de que tengan conocimiento de las medidas medioambientales que deben adoptarse a la hora de realizar los trabajos.
En caso de que la actividad sea traspasada, se deberá poner en conocimiento tanto del órgano sustantivo como del órgano ambiental.
El incumplimiento de las medidas que contiene la presente resolución, podrá ser causa de la apertura de expedientes sancionadores y de la responsabilidad civil/penal que corresponda.
Albacete, 21 de septiembre de 2011
El Coordinador Provincial
P.S. El Secretario Provincial
P.S. El Jefe de Servicio de Mejora de Explotaciones Agrarias
(art. 16.3 del Decreto 126/2011 de 7/07, según
redacción dada por el D. 263/2011 de 30/08)
ÁNGEL LARRAURI CÁMARA
psd:Comentario:
Puestos de trabajo para ossa de montiel de parte de CHM ? POCOS NINGUNO?- -CON EL DESVIO -MENOS TURISTAS PARA OSSA DE MONTIEL Y LAGUNAS DE RUIDERA PORQUE NO SE AREGLAN LA CARETERAS TOMELLOSO O VILLARROBLEDO MAS IMPORTANTES PARA LOS CIUDADANOS COMO SIEMPRE SIN SOLUCIONES PARA LOS POCOS HABITANTES DE ESTAS ZONA NO INTERESA VERDAD ?
Enviado por infossa el 15/10/2011 11:55:42 ( 82 Lecturas)
Enviado por infossa el 15/10/2011 11:14:56 ( 87 Lecturas)
Ruiz López es catedrático de Universidad en el Área de Ciencias, Materias e Ingeniera Metalúrgica, es Ingeniero de Caminos, Canales y Puertos y director de la Escuela de Ingenieros de esta misma rama en la Universidad de Castilla-La Mancha La Consejería de Agricultura ha nombrado como presidente de la Junta Rectora del Parque Natural de las Lagunas de Ruidera y Alrededores a Gonzalo Ruiz López que sustituye en el cargo a José Ramón Aragón Cavaller.
El Diario Oficial de Castilla-La Mancha de este jueves, según recoge Europa Press, ha publicado sendas resoluciones, la del cese de Cavaller y el nombramiento de Ruiz López.
Según el Decreto que regula la composición y funciones de la Junta Rectora de las Lagunas de Ruidera y Alrededores la persona titular de la Presidencia tendrá voto de calidad y será nombrada por la persona titular de la Consejería competente en medio ambiente, a propuesta de la persona titular de la Dirección General con competencias en la gestión de espacios protegidos.
Ambas resoluciones están firmadas por la consejera de Agricultura, María Luisa Soriano, que agradece a José Aragón Cavaller, los servicios prestados hasta ahora como presidente de la Junta Rectora del Parque Natural de las Lagunas de Ruidera.
Ruiz López es catedrático de Universidad en el Área de Ciencias, Materias e Ingeniera Metalúrgica, es Ingeniero de Caminos, Canales y Puertos y director de la Escuela de Ingenieros de esta misma rama en la Universidad de Castilla-La Mancha.

Enviado por infossa el 8/10/2011 21:20:13 ( 67 Lecturas)
ublicado el Plan de Ordenación Municipal de Ossa de Montiel, que prohíbe construir en el parque natural 04.10.11 - 01:23 - LA VERDAD | OSSA DE MONTIEL.
Este es uno de los municipios de la provincia en los que la ordenación urbanística es más delicada. En su término municipal se encuentra la mayor parte de las Lagunas de Ruidera, y la existencia de este parque natural condiciona en gran medida la regulación de actividades como la construcción de segundas residencias o establecimientos turísticos. Ahora se ha publicado, finalmente, el Plan de Ordenación Municipal (POM) de Ossa de Montiel y el contenido íntegro de sus Normas Urbanísticas, cumpliendo las previsiones de la Ley de Ordenación del Territorio y de la Actividad Urbanística de Castilla-La Mancha. El plan está en vigor desde el día de su publicación, el 28 de septiembre. Por un lado, el POM regula la actividad urbanística en el casco urbano, en todas las facetas propias de esta regulación: clasificaciones del suelo, normas sobre construcción y edificación, obras públicas, infraestructuras, equipamientos, hábitats naturales o patrimonio protegido. Por otro, dedica un apartado especial a la zona del parque natural de las Lagunas de Ruidera, y a regular el uso residencial de las viviendas unifamiliares en ese suelo. En el Parque Natural se establece que la densidad de viviendas por hectárea «deberá coincidir con la existente en la actualidad, por lo que no se permitirán nuevas construcciones». Limitaciones Se admite la excepción de los casos, también restringidos, previstos en el propio Plan Rector de Uso y Gestión del parque. Este plan, por su parte, ya se aprobó con la condición de que se impedirían construcciones de nueva planta, incrementos del volumen construido, así como movimientos de tierras o alteraciones de la cubierta vegetal. Se añaden otras consideraciones, tendentes a que cualquier actuación imprescindible, como la reparación de viales, se haga buscando la máxima integración con el entorno. Incluso hay medidas para limitar la contaminación lumínica, y se establece que «se deberá corregir el impacto paisajístico existente mediante la readaptación de las construcciones a la arquitectura tradicional de la zona». Se prohíben igualmente los cerramientos en toda esa zona, excepto los propios de la gestión del propio parque. En cuanto a vertidos, el plan se remite al proyecto de saneamiento y depuración aprobado por el Ministerio de Medio Ambiente en octubre de 2008. TAGS RELACIONADOS habra, nuevas, construcciones, lagunas

Enviado por infossa el 29/9/2011 11:13:19 ( 65 Lecturas)
La inclusión de las lagunas de Ruidera en la lista de protección del convenio Ramsar no ha satisfecho a todos por igual. El Ayuntamiento de Ossa de Montiel, que tiene parte de su término municipal dentro de este parque, ha exigido saber que consecuencias prácticas tendrá esta decisión. Una actuación que ven acertada desde la Junta Rectora de este parque natural y desde el Ayuntamiento de Ruidera, pero que al alcalde de Ossa, José Tello, preocupa por las repercusiones que podría tener en el municipio y en su principal pilar económico: el turismo.
Tello pedirá información al Gobierno de Castilla-La Mancha sobre las medidas que acarrea esta nueva figura de protección. El primer edil va más allá y pide incluso la dimisión del presidente de la Junta Rectora del Parque a quien considera culpable de la situación “caótica” que vive la localidad.
Mientras, desde los alojamientos rurales consultados por Radio Azul-Cadena SER, coinciden en señalar que será una buena medida desde el punto de vista turístico. Opinan además que su inclusión en el listado Ramsar no afectará a las actividades que se desarrollan en las Lagunas. Jesús, es el propietario de una casa rural en Ruidera.

Enviado por infossa el 29/9/2011 10:49:38 ( 59 Lecturas)
Provincia 27/09/2011 Ossa de Montiel
El alcalde expresa su disgusto por la inclusión de las Lagunas de Ruidera en el listado Ramsar Según José Tello, «desde el punto de vista del prestigio y de poner la zona en el mapa, me parece perfecto, pero no me parece serio no saber qué consecuencias prácticas tendrá»
Una vista de las Lagunas de Ruidera con una construcción humana al fondo, a escasos metros de la orilla. R.M. E.F/ latribunadealbacete.es
El alcalde de Ossa de Montiel, José Tello, acudirá hoy a Albacete para pedir a la Junta información de primera mano sobre el alcance y consecuencias de la inclusión de las Lagunas de Ruidera en el listado Ramsar de la ONU, además de transmitir su «malestar» por la forma en que ésta se ha tramitado. Como se recordará, el pasado viernes, El Consejo de Ministros aprobaba la inclusión de las Lagunas en dicho listado, a petición del Ministerio de Medio Ambiente, Medio Rural y Marino (MARM). Y, de momento, eso es prácticamente lo único que se sabe en el Ayuntamiento de la Ossa. «Desde el punto de vista del prestigio y de que pongan al municipio y a toda la zona en el mapa, me parece bien, cómo no -explicaba ayer a preguntas de La Tribuna- pero lo que no me parece serio, en absoluto, es que no sepamos nada más, todo muy bonito, pero no sabemos qué consecuencias prácticas tendrá».

Enviado por infossa el 23/9/2011 2:25:52 ( 55 Lecturas)
En el límite por el este entre Ciudad Real y Albacete el parque natural de las Lagunas de Ruidera está considerado uno de los lugares más bellos y singulares de Castilla-La Mancha, excepcionalidad que lo ha convertido en objetivo número uno del turismo regional y de las comunidades del entorno, como Valencia o Madrid.
El parque lo forman quince lagunas enlazadas unas con otras a lo largo de 25 kilómetros en los términos municipales de Ossa de Montiel (Albacete) y Ruidera, Alhambra, Argamasilla de Alba y Villahermosa, en la provincia de Ciudad Real.
Con cerca de 4.000 hectáreas las Lagunas son el primer espacio natural protegido (1933) de Castilla-La Mancha. Parque natural desde 1979 y con su propio plan rector de uso gestión desde 1995 el conflicto de la titularidad de las lagunas, los chalés y edificaciones privadas, complican en ocasiones la conservación con el uso y disfrute del agua, que sorprende como si de un oasis se tratara en una comarca marcada por la aridez.
La Consejería de Agricultura y Medio Ambiente destaca cuatro características que convierten en excepcional la zona: la abundancia, colorido y transparecencia de sus aguas; la calidad de sus paisajes lacustres, que contrastan con la comarca; la riqueza de la vegetación, con más de ochocientas especies inventariadas entre las que destacan las encinas y las sabinas; y la riqueza de su fauna.
Ruidera tiene centro de visitantes desde el que se orienta al viajero para rutas o senderos. El horario de invierno es de diez a dos y de cuatro a seis de miércoles a sábado. El domingo abre sólo de diez a dos
Enviado por infossa el 5/9/2011 9:50:24 ( 96 Lecturas)
1.9 millones de euros de deuda para 2.700 habitantes. Esa es la herencia que deja el PSOE en el pueblo de Ossa de Montiel, Albacete. Su nuevo alcalce, José Tello, califica la situación de "catastrófica". Denuncia que el pueblo está en la ruina y que sólo tienen 80 euros para terminar el año.
Video Alcalde de Ossa de montiel
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